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6/2/2012 Editado por Raúl Racedo

15/08/2010

Argentina cuestionó la "credibilidad" del CIADI

EFE - MDZOL

El Gobierno criticó el fallo del organismo que ratificó el de 2007, cuando condenó a pagar 105 millones de dólares más intereses a Vivendi, por una demanda en relación al contrato de concesión de su subsidiaria Aguas del Aconquija para la distribución de agua en Tucumán.

 

Argentina cuestionó la "credibilidad" del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), luego de que un comité de anulación de ese tribunal del Banco Mundial fallara en contra del país.

La Procuración del Tesoro de Argentina cuestionó en un comunicado el accionar del tribunal arbitral en materia de inversiones, luego de que le fuera denegado un pedido de anulación de un fallo del CIADI a favor de la francesa Vivendi, que había demandado al Estado argentino.

El pedido de Argentina fue rechazado por un Comité de Anulación del CIADI integrado por tres árbitros.

De este modo, quedó firme un fallo del CIADI de 2007 por el cual Argentina fue condenada a pagar 105 millones de dólares más intereses a Vivendi, que había interpuesto una demanda en relación al contrato de concesión de su subsidiaria Aguas del Aconquija para la distribución de agua en la norteña provincia de Tucumán.

En 2000, el CIADI falló a favor de Argentina, pero Vivendi apeló y logró la anulación del fallo, tras lo cual volvió a presentar una demanda contra el país suramericano ante ese tribunal arbitral, que en agosto de 2007 falló a favor del grupo francés.

Argentina solicitó entonces la anulación de este último fallo, al entender que el tribunal -compuesto por un canadiense, una suiza y un mexicano- se había constituido incorrectamente.

Según la Procuración argentina, la árbitro suiza Gabrielle Kaufmann-Kohler había sido nombrada como miembro del directorio del banco suizo UBS, institución que a su vez tenía acciones en Vivendi, situación que para la defensa argentina "constituye una violación a los principios de imparcialidad y debido proceso".

Según la Procuración, "Kaufmann-Kohler nunca reveló esta circunstancia a lo largo del procedimiento".

El Comité de Anulación del CIADI reconoció que el tribunal no había sido debidamente constituido, pero consideró que no existía fundamento suficiente para anular el fallo.

El Comité de Anulación sostuvo que no había motivos para no creerle a Kaufmann-Kohler en su declaración respecto a que "desconocía la conexión entre UBS y las demandantes hasta después de que se emitiera el fallo" contra Argentina.

Para la Procuración, a pesar de que no se anuló el fallo contra Argentina, "la decisión del Comité de Anulación deja al descubierto las graves deficiencias en lo que respecta a la constitución de los tribunales, lo que sin duda afecta la credibilidad del CIADI en tanto órgano que administra el mecanismo para la solución de controversias en materia de inversiones extranjeras".

El propio fallo del Comité de Anulación reconoce que las "complicaciones" que surgieron en este caso "proveen un vívido y lamentable ejemplo de las consecuencias de la aceptación por parte de un árbitro de un cargo en el directorio de un banco internacional de importancia, sin que se investigue apropiadamente y se revelen las conexiones entre el banco y las partes de sus arbitrajes y también desconociendo sus deberes de información".

A ello se suma la opinión de uno de los miembros del Comité de Anulación, el holandés Jan Hendrik Dalhuisen, quien cuestionó el rol de la Secretaría del CIADI por "pretender involucrarse en la redacción de las decisiones y en el desarrollo de los casos", señaló la Procuración del Tesoro argentino.

Según las palabras de Dalhuisen difundidas por la defensa argentina, "el asunto clave en este caso de anulación era principalmente el asunto de independencia de los árbitros en el segundo laudo, pero también devino en un asunto de independencia de los miembros del segundo comité ad hoc y, en ese contexto, de la privacidad y el secreto de las deliberaciones y los proyectos".


argenpress

 

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